Cntrato de TELETRABAJO

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Cntrato de TELETRABAJO

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El contrato de teletrabajo es un contrato por el cual una persona se compromete a realizar una labor o servicio para otra, utilizando exclusivamente medios electrónicos.

Este contrato tiene un régimen legal propio en Argentina, el cual se encuentra regulado por la Ley de Contratos de Trabajo (LCT) y por el Decreto Reglamentario 969/2005.

Según lo establecido en la LCT, el contrato de teletrabajo debe constar por escrito y debe especificar:

- La identidad de las partes.
- La labor o servicio que se va a prestar.
- La forma en que se va a realizar la prestación laboral.
- La remuneración que se va a percibir.
- La duración del contrato.

El contrato de teletrabajo debe ser firmado por ambas partes y debe contar con la aprobación previa de la autoridad laboral.

En caso de que el contrato de teletrabajo se celebre entre un empleador y un trabajador que se encuentra fuera del territorio nacional, deberá observarse lo dispuesto en el Convenio de la OIT número 176 sobre el teletrabajo.

La remuneración que percibe el trabajador en el contrato de teletrabajo debe ser la misma que percibiría si prestará la misma labor en el lugar de trabajo convenido.

El contrato de teletrabajo es un contrato a tiempo indeterminado y puede ser rescindido por cualquiera de las partes en cualquier momento.

En caso de que el trabajador deje de prestar servicios en forma telefónica, vía internet u otros medios electrónicos, deberá avisar con anticipación al empleador, salvo que exista una causa justificada.

El empleador debe garantizar al trabajador condiciones de seguridad y salud adecuadas en el lugar de trabajo, tanto físicas como ambientales.

El trabajador tiene derecho a gozar de un descanso semanal de 36 horas corridas, salvo que se acuerde otra distribución.

El empleador debe pagar al trabajador las vacaciones anuales en el momento en que sean debidas, de acuerdo a lo establecido en la LCT.

El trabajador tiene derecho a una indemnización por despido sin causa, de acuerdo a lo establecido en la LCT.
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Re: Cntrato de TELETRABAJO

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El contrato de teletrabajo es un contrato por el cual el trabajador presta servicios laborales en forma remota, es decir, desde su domicilio o lugar de residencia, utilizando medios electrónicos o telemáticos.

En Argentina, el régimen legal del contrato de teletrabajo está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y por el Decreto Reglamentario 910/2001. Según esta normativa, el contrato de teletrabajo es un contrato de trabajo especial, ya que el trabajador no se encuentra físicamente en el lugar de trabajo.

Por lo tanto, el contrato de teletrabajo debe establecer las condiciones especiales en las que se va a desarrollar la prestación laboral, tales como la forma de comunicación entre el trabajador y el empleador, el lugar en el que se desarrollará la actividad laboral, el horario de trabajo, etc.

El contrato de teletrabajo debe constar por escrito y debe ser firmado por el empleador y el trabajador. Además, el contrato debe ser registrado en el Registro de Contratos de Trabajo, que es un registro público administrado por la Inspección General de Trabajo.

El empleador debe remitir una copia del contrato de teletrabajo al trabajador, dentro de los diez días hábiles siguientes a su suscripción.

El contrato de teletrabajo tiene una duración mínima de seis meses, prorrogable por igual período.

El empleador tiene la obligación de pagar al trabajador el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo, según lo establecido en el contrato.

El trabajador tiene derecho a gozar de las vacaciones anuales y a percibir el sueldo correspondiente a las mismas.

El trabajador tiene derecho a la indemnización por despido sin causa, según lo establecido en la LCT.

El trabajador tiene derecho a la indemnización por despido con causa, según lo establecido en la LCT.

El trabajador tiene derecho a la indemnización por antigüedad, según lo establecido en la LCT.
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Re: Cntrato de TELETRABAJO

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En Argentina, el contrato de teletrabajo es regulado por el Decreto N° 971/01 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Según este decreto, el contrato de teletrabajo debe constar por escrito y debe especificar:

1) La identidad y domicilio de las partes.

2) La actividad que se va a desarrollar.

3) La duración del contrato, que no podrá ser inferior a un mes.

4) La forma de remuneración.

5) La forma de prestación del servicio.

6) La fecha de inicio de la prestación de servicios.

7) La forma de terminación del contrato.

Las partes pueden acordar que el contrato de teletrabajo tenga una duración determinada, o que sea indefinido.

El contrato de teletrabajo debe ser firmado por ambas partes y debe constar por escrito.

El trabajador tiene derecho a:

1) Una remuneración justa y adecuada.

2) Una indemnización por despido sin causa.

3) Una indemnización por despido con causa.

4) Una indemnización por cese de actividades.

5) Una indemnización por enfermedad.

6) Una indemnización por accidente de trabajo.

7) Una indemnización por maternidad.

8) Una indemnización por paternidad.

9) Una indemnización por vacaciones.

10) Una indemnización por antigüedad.

El empleador tiene derecho a:

1) Despedir al trabajador sin causa.

2) Despedir al trabajador con causa.

3) Cesar la prestación de servicios del trabajador.

4) Modificar las condiciones de trabajo.

5) Suspender la prestación de servicios del trabajador.

6) Modificar el lugar de prestación de servicios.

7) Modificar la forma de remuneración.

8) Modificar la fecha de inicio de la prestación de servicios.

9) Modificar la forma de terminación del contrato.
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Re: Cntrato de TELETRABAJO

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En el contrato de teletrabajo, el empleador y el usuario se comprometen a celebrar una cláusula que se denominará contrato de prestación de servicios. La cláusula se establecerá en una parte de la contrato y se comprometerá a realizar el servicio solicitado, sin perjuicio de la responsabilidad del usuario. La cláusula se encuentra regulada por la Ley de Teletrabajo, que se regula en el artículo 2º de la misma.

En el contrato de teletrabajo, el empleador y el usuario se comprometen a celebrar una cláusula que se denominará contrato de prestación de servicios. La cláusula se establecerá en una parte de la contrato y se comprometerá a realizar el servicio solicitado, sin perjuicio de la responsabilidad del usuario. La cláusula se encuentra regulada por la Ley de Teletrabajo, que se regula en el artículo 2º de la misma. La cláusula se establecerá en el contrato de teletrabajo, el empleador y el usuario se comprometen a celebrar una cláusula que se denominará contrato de prestación de servicios. La cláusula se establecerá en una parte de la contrato y se comprometerá a realizar el servicio solicitado, sin perjuicio de la responsabilidad del usuario. La cláusula se establecerá en el contrato de teletrabajo, el empleador y el usuario se comprometen a celebrar una cláusula que se denominará contrato de prestación de servicios. La cláusula se establecerá en una parte de la contrato y se comprometerá a realizar el servicio solicitado, sin perjuicio de la responsabilidad del usuario. La cláusula se establecerá en el contrato de teletrabajo, el empleador y el usuario se comprometen a celebrar una cláusula que se denominará contrato de prestación de servicios. La cláusula se establecerá en una parte de la contrato y se comprometerá a realizar el servicio solicitado, sin perjuicio de la responsabilidad del usuario. La cláusula se establecerá en el contrato de teletrabajo, el empleador y el usuario se comprometen a celebrar una cláusula que se denominará contrato de prestación de servicios. La cláusula se establecerá en una parte de la contrato y se comprometerá a realizar el servicio solicitado, sin perjuicio de la responsabilidad del usuario.
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Re: Cntrato de TELETRABAJO

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La ley de contrato de trabajo en Argentina establece las reglas básicas sobre el contrato de trabajo, la relación laboral, las condiciones de empleo, el derecho al trabajo, la seguridad social, la indemnización por despido, la protección a la maternidad y la paternidad, el acceso a la vivienda y la protección a la salud en el trabajo. La ley establece también una serie de normas sobre el trabajo infantil, la jornada laboral, el trabajo doméstico, el trabajo en condiciones de riesgo, el trabajo nocturno, el trabajo en el extranjero, el derecho a la asistencia social y la protección a la víctima de trabajo.
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